Seguramente en algún punto de tu marcha a otro país te hayan dicho que necesitan tus antecedentes. Lo entiendes por la seguridad del país, pero no entiendes por qué te piden de dos tipos: los penales y los judiciales.
Suena a lo mismo, ¿verdad? Pues la realidad es que no son para nada lo mismo.
En este artículo te explicamos la diferencia entre antecedentes penales y judiciales para que los distingas. ¡Ni siquieran son el mismo documento!
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Qué son los antecedentes penales
Los antecedentes penales son las sentencias de condenas firmes por la realización de un delito. En otras palabras, si has cometido algún delito, por muy pequeño que sea, este se verá reflejado en el certificado correspondiente.
Por tanto se caracterizan por:
- Una sentencia judicial firme ante un delite
- La persona ha sido declarada culpable de ese delito con sanción penal
- Se regitra a la persona en el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
- Se pueden “eliminar” cumpliendo con la pena o con un periodo de tiempo expecífico sin nuevos delitos.
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Qué son los antecedentes judiciales
Los antecendentes judiciales, por su parte, son la lista registrada de los ingresos de una persona en un centro penitenciario, es decir, en la cárcel. No tiene por qué existir condena detrás.
Se caracterizan por:
- El registro completo de la estancia de una persona en un centro penitenciario
- No implica una condena penal, ya que puede ser una estancia de forma preventiva o a la espera de juicio.
- No es una competencia del Ministerio de Justicia, sino de las autoridades penitenciarias
Tabla resumen de diferencias
Características | Antecedentes Penales | Antecedentes Judiciales |
---|---|---|
Definición | Sentencias de condenas firmes por la realización de un delito. | Lista registrada de los ingresos de una persona en un centro penitenciario |
Origen | Una sentencia judicial firme ante un delite | No implica condena, sino estancia de forma preventiva o a la espera de juicio. |
Registro | Registro Central de Penados (Ministerio de Justicia). | Autoridades penitenciarias. | Cancelación | Se pueden “eliminar” cumpliendo con la pena o con un periodo de tiempo expecífico sin nuevos delitos. | Se puede hacer a partir de los 6 meses hasta los 10 años a partir de acabar la correspondiente condena. |
¿Cuándo vas a necesitar estos certificados?
Hay varios casos, pero uno de los más recurrentes es cuando vas a irte a otro país, ya sea trabajar o estudiar.
Existen países que no te los piden, pero también muchos otros donde priorizan la seguridad de su nación por encima de todo.
Por ello, te pedirán estos dos documentos.
Eso sí, ten en cuenta que cuando te los pidan, no valdrán los mismos expedidos por el Ministerio.
Para que sean válidos legalmente, deben ser apostillados o legalizados.
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